Informe técnico
Se requiere un reparador para realizar las reparaciones previstas en el presupuesto o en la orden de reparación. Una vez realizada esta reparación, está sujeto a una obligación de resultado, a saber, la obligación para él de lograr un resultado especÃfico: ¡que el bien funcione como debe! Esta obligación de resultado conlleva una presunción de culpa por parte del profesional y también una presunción de que existe un nexo entre esta culpa y el daño que sufres. Por lo tanto, no tiene que probar la culpa. Por el contrario, corresponde al profesional demostrar que no ha cometido falta alguna. Si observa la misma averÃa, sepa que su reparador se verá obligado a realizar una nueva intervención y repararlo de nuevo sin poder reclamar una nueva remuneración.
ArtÃculo 1231-1 del Código Civil y ArtÃculo 1787 del Código Civil.
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Por el contrario, corresponde al profesional demostrar que no ha cometido falta alguna. Si observa la misma averÃa, sepa que su reparador estará obligado a realizar una nueva intervención y repararla nuevamente sin poder reclamar una nueva remuneración.ArtÃculo 1231-1 del Código Civil y ArtÃculo 1787 del Código Civil.